SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0774/2015-S3
Fecha: 22-Jul-2015
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal por contrabando, seguido a instancia de la ANB por el Ministerio Público contra Rosario Butrón Paz y otros, en ejecución de sentencia, el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, emitió el Auto de 4 de mayo de 2012, el cual en su parte dispositiva resuelve -entre otros aspectos-: “…SE DEJA SIN EFECTO la designación de depositario del Sr. CRESENCIO ANDRADE FERNÁNDEZ, de los camiones descritos anteriormente, ordenando que los mismos sean restituidos a la Aduana Distrital de Santa Cruz, donde se puede apersonar el Sr. PAUL RUIZ VARGAS representante de JOSÉ FERNANDO CARRILLO CASTELO (…) para proceder a la nacionalización, reclamo y/o devolución de los motorizados camiones (…) o en todo caso, la Aduana proceda a la devolución de dichos camiones al Sr. JUAN MARTIN CARRILLO CASTELO, toda vez que por informe t[écni]co SCRZI RNF 870/2005 emitido por la Aduana Nacional, saliente a fs. 628 a 631, establece que tales motorizados ya fueron nacionalizados a nombre de JUAN MARTIN CARRILLO CASTELO (…) En cuanto al documento privado de fecha 05 de septiembre del 2003, sin reconocimiento de firmas adjuntado por CRESENCIO ANDRADE FERNÁNDEZ, se salvan sus derechos para que los haga valer por la vía legal pertinente y ante el Juez competente” (sic) (fs. 20 a 23).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III.
- Fragmento 10
- III.2. Análisis del caso concreto
- el recurso de compulsa está abierto para determinar si la negativa de la impugnación es correcta o incorrecta
- b)
- ser concedido a cualquier interesado a quien causare perjuicio evidente la sentencia o auto definitivo, y demostrare documentalmente su calidad de interesado
- CONFIRMAR