Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0776/2015-S3
Fecha: 22-Jul-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes alegan la lesión de sus derechos a la petición, a la propiedad, al debido proceso puesto que conforme se tiene demostrado son propietarios de un inmueble que incluye un pasaje peatonal que permite el ingreso a su vivienda; empero, sus vecinos determinaron impedirles el paso llenándolo con maderas y otros objetos, por lo que tuvieron que improvisar un paso por el inmueble de este último, y cuando fue de su conocimiento un trámite de anexión que estaría siguiendo los codemandados, solicitaron la paralización de dicho trámite pero hasta la fecha no se respondió de manera favorable.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- salvo se demuestre necesidad de tutela inmediata ante la justicia constitucional
- requiere de la demostración de la inminencia e irreparabilidad del daño o que el medio de defensa que se tiene expedito resulte ineficaz
- III.2. Requisitos necesarios para conceder la tutela de derechos vulnerados por medidas o vías de hecho
- acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica,
- III.3. Análisis del caso concreto
- conceder
- CONFIRMAR