Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0808/2015-S2
Fecha: 21-Jul-2015
II.6.
II.6. Mediante Certificación emitida el 15 de diciembre de 2014, por la Secretaria de Cámara de la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso Contencioso Tributario, seguido por la COMIBOL –ex Empresa Metalúrgica Vinto–, contra el SIN Regional Oruro, certificó que, de la revisión de obrados del proceso referido se establecía los siguientes actuados: Cargo de recepción del proceso en Sala Social y Administrativa de 8 de septiembre de 2014; Fecha de radicatoria de la causa, 9 del mismo mes y año; y estado actual del proceso, espera de turno para sorteo y correspondiente resolución (fs. 129).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.
- III.1.
- III.2. La subsidiariedad en las acciones de amparo constitucional
- b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
- III.3.
- estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución”
- REVOCAR en todo