DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2015

Fecha: 04-Ago-2015

II-

II- Las naciones o pueblos indígena originario campesinos que no constituyan una autonomía indígena originaria campesina podrán elegir sus representantes ante el Concejo Municipal de forma directa mediante usos y costumbres, en el marco del respeto de los principios democráticos constitucionales y lo dispuesto en el sistema electoral de la presente carta orgánica”

II- Las naciones o pueblos indígena originario campesinos que no constituyan una autonomía indígena originaria campesina podrán elegir sus representantes ante el Concejo Municipal de forma directa mediante usos y costumbres, en el marco del respeto de los principios democráticos constitucionales y lo dispuesto en el sistema electoral de la presente carta orgánica”.