DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2015

Fecha: 04-Ago-2015

los pueblos indígena originario campesinos

Por otro lado, el art. 289 de la CPE, establece que: “La autonomía indígena originaria campesina consiste en el autogobierno como ejercicio de la libre determinación de las naciones y los pueblos indígena originario campesinos, cuya población comparte territorio, cultura, historia, lenguas, y organización o instituciones jurídicas, políticas, sociales y económicas propias”.