SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2015

Fecha: 11-Ago-2015

III.3.          Sobre la constitucionalidad de la

La SCP 1548/2013 de 13 de septiembre, en una acción de inconstitucionalidad concreta, declaró la constitucionalidad de la Disposición Final Vigésima del DS 29215, por no contradecir los arts. 56.I y II, 115.II, 116, 401.I y 410.II de la CPE, arguyendo en partes salientes que: “…la misma no crea procedimiento alguno contrario o lesivo al ámbito de los derechos que se encuentran dentro del derecho y la garantía del debido proceso, pues como se desarrolló precedentemente, a través de la Disposición Final Vigente, simplemente se dio cumplimiento a ese instrumento jurídico. Toda vez que emitidas las resoluciones finales de saneamiento y encontrándose pendiente la emisión de títulos ejecutoriales o certificados de saneamiento, ante la existencia de vicios de fondo insubsanables en el procedimiento concluido, el Viceministerio de Tierras y la Superintendencia Agraria, en mérito a sus atribuciones, están plenamente legitimadas para interponer demanda contenciosa administrativa ante el Tribunal Agrario Nacional -hoy Tribunal Agroambiental- y una vez emitidos los títulos ejecutoriales o certificados de saneamiento y evidenciando las causales de nulidad previstas en el art. 50 de la LSNRA, de igual forma se reconoce al Viceministerio de Tierras y la Superintendencia Agraria, la facultad de interposición de demanda de nulidad de títulos ejecutoriales o certificados de saneamiento…”.