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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0797/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0797/2015-S3

    Fecha: 03-Ago-2015

    I.1.3. Petitorio

    Solicitan se conceda la tutela, dejando sin efecto el AS 519/2014, disponiendo la emisión de un nuevo Auto Supremo que ingrese a resolver la casación, ordenándose la nulidad de obrados al estado en que el Juez de la causa “rechace” in límine la demanda ordinaria de nulidad de hijuela y cancelación de registro en DD.RR., con archivo de obrados.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • 1)
    • la interpretación de la legalidad infra constitucional le corresponde a los tribunales de justicia y no a la justicia constitucional; sin embargo, ante la existencia de violación de derechos y garantías previstos en la Norma Suprema, excepcionalmente la justicia constitucional puede ingresar a valorar la actividad desarrollada en miras a brindar tutela
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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