Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0803/2015-S3
Fecha: 03-Ago-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 02/2015 de 30 de enero, cursante de fs. 209 a 213, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Félix Zubieta Mercado en representación legal de la empresa Ingeniería y Construcciones Tarija (INCOTAR) Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) contra Rodrigo Erick Miranda Flores y Natalio Tarifa Herrera, Vocales de las Salas Social y Administrativa y Civil, Comercial y Familiar Primera, respectivamente, ambos del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; y, Grenny Bolling Viruez, Jueza Tercera de Partido de Trabajo, Seguridad Social, Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria del mismo departamento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- sólo resulta exigible
- III.2. Análisis del caso concreto
- apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsible para decidir
- CONFIRMAR