SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0828/2015-S2
Fecha: 12-Ago-2015
improcedencia
La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 06 de 26 de enero de 2015, cursante de fs. 155 vta. a 157 vta., declaró la improcedencia de la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) En principio puede decirse que la autoridad demandada cumplió con la SCP 1905/2013, ya que los conceptos de pago y garantía son diferentes, pero habiéndose interpuesto otra acción de inconstitucionalidad contra la Resolución Regulatoria 0105/2014, deberá esperarse el pronunciamiento del Tribunal Constitucional Plurinacional; y, 2) No corresponde exigir el cumplimiento de la indicada SCP 1905/2013, cuando por medio existe una nueva Resolución Regulatoria con un matiz y concepto diferente.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- improcedencia
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
- III.2. Improcedencia de la acción de cumplimiento
- no se adecúa a la naturaleza jurídica citada precedentemente, ya que su formulación no se fundó en el incumplimiento de una norma constitucional o legal, sino de una resolución constitucional
- III.3. Análisis del caso en concreto
- CONFIRMAR