SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0837/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0837/2015-S3

Fecha: 26-Ago-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal que se le sigue por la presunta comisión del delito de robo, el Tribunal Segundo de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, dispuso su detención preventiva en base al peligro procesal contenido en el art. 234.10 del Código de Procedimiento Penal (CPP), de forma subjetiva, sin una debida fundamentación, ya que ese riesgo no fue mencionado en la imputación formal. Contra dicha determinación, presentó apelación incidental conforme prevé el art. 251 del CPP; empero, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, resolvió conforme al art. 403.3 del CPP, confirmando el Auto apelado, no siendo congruente con los agravios planteados, vulnerando sus derechos al debido proceso y a la libertad de locomoción.