SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0866/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0866/2015-S2

Fecha: 27-Ago-2015

Fragmento 18

         Ahora bien, conforme a lo manifestado por el representante del accionante se entiende, que anteriormente concurrió el planteamiento de otra acción de amparo constitucional, donde se dispuso que la ABT Departamental de Pando, resuelva en el plazo de cinco días, el incidente de nulidad de notificación que interpusieron en septiembre, fallo que a su entender, fue incumplido; por cuanto, lo resolvió la ABT Departamental de Santa Cruz; y, además lo hizo en el plazo de seis días rechazando el incidente de nulidad, alegando que conforme el art. 33 de la LPA se notificó en el “Shopping Center” oficina 21, que era el domicilio subsistente para todos los efectos legales mientras no sea cambiado por otro, desconociendo con esta actuación lo dispuesto en la anterior acción tutelar.