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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0820/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0820/2015-S1

    Fecha: 04-Sep-2015

    II.1.

    II.1.  El 4 de diciembre de 2013, la Secretaria Abogada del Juzgado de Partido Primero en lo Civil y Comercial del departamento de Oruro, realizó la liquidación de “Retribución por depósito de maquinaria” (sic), que asciende a Bs15.706,66 (Quince mil setecientos seis 66/100 bolivianos); por decreto de la misma fecha, la autoridad jurisdiccional ordenó poner en conocimiento de las partes el actuado, y además que el BCB, cancele el monto liquidado (fs. 128 y vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • I.2.3. Intervención del Ministerio Público
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los          valores que sustenta el Estado Boliviano
    • III.2.De la acción de amparo constitucional
    • III.3.
    • III.4
    • Fragmento 16

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