Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0820/2015-S1
Fecha: 04-Sep-2015
II.3.
II.3. Mediante memorial de 13 de diciembre de 2013, el BCB planteó recurso de apelación contra el Decreto de 4 de octubre del mismo año, fundamentando como ofensas, el pago de gastos de depósito sin liquidación aprobada, que aquellos consumos están comprendidos en las costas procesales y liberación del pago por ser entidad pública; el Auto de Vista 117/2014, confirmó la resolución apelada, señalando que no causa ninguna vulneración al disponer solamente poner en conocimiento la liquidación sin definir ningún derecho, no se pronunció sobre los agravios descritos (fs. 135 a 137; y, 150 a 152 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- III.2.De la acción de amparo constitucional
- III.3.
- III.4
- Fragmento 16