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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0846/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0846/2015-S1

    Fecha: 14-Sep-2015

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    • SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0846/2015-S1                                       Sucre, 14 de septiembre de 2015 SALA PRIMERA ESPECIALIZADA Magistrado Relator:    Tata Efren Choque Capuma Acción de Amparo Constitucional Expediente:                 10208-2015-21-AAC Departamento:            Santa Cruz
    • José Ernesto Medina Roca
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • concejala o concejal titular
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • i)
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
    • III.2.
    • sentencia definitiva sobre el fondo
    • órgano de cierre del ordenamiento jurídico interno
    • En ese sentido conviene señalar que cuando el Tribunal Constitucional se pronuncia sobre la protección de derechos fundamentales
    • no podrá juzgarse dos veces y por las mismas razones alegadas una misma situación
    • las protegen de ataques o cuestionamientos posteriores por cualquier medio o vía, inclusive la jurisdicción constitucional; por cuanto, el propio Tribunal Constitucional Plurinacional, ya no podrá pronunciarse nuevamente o juzgar dos veces sobre lo ya decidido y resuelto en un fallo constitucional,
    • existe resolución en un primer amparo del cual emerge el que se interpone
    • toda decisión asumida
    • Dejar sin efecto la Resolución Municipal 104/2014 de y los actos posteriores al 30 de igual mes y año,
    • en cumplimiento del fallo del Tribunal de garantías
    • CONFIRMAR

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