SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0846/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0846/2015-S1

Fecha: 14-Sep-2015

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

Deysi Zurita Céspedes, mediante su abogado, refirió que existió mala fe y deslealtad procesal por parte de la accionante al interponer dos acciones de amparo constitucional idénticas, de igual fecha, en la ciudad de Montero del departamento de Santa Cruz siendo que pudo plantearse en el Municipio de Porongo conforme al art. 32 del Código Procesal Constitucional (CPCo). Respecto al fondo, manifestó que a raíz de un proceso electoral próximo, con el fin de poder postularse, la mayoría de los concejales municipales presentaron su renuncia a cuya consecuencia se habilitó a los suplentes mediante la Resolución del Tribunal Departamental Electoral 055/2014 de 24 de diciembre; añadió que la accionante, es quinta concejal suplente debido a que Raquel Molina Justiniano, nunca renunció y continúa en sus funciones.