Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0866/2015-S3
Fecha: 07-Sep-2015
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión resuelve: CONFIRMAR la Resolución 04/2015 de 25 de febrero, cursante de fs. 82 vta. a 84, pronunciada por Tribunal Cuarto de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz; y en consecuencia:
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Idoneidad de los recursos ordinarios previos a la acción de libertad debe observarse en el caso concreto y no de manera teórica
- III.2. La legitimación pasiva en la acción de libertad
- Fragmento 14
- III.3. Análisis del caso concreto
- prolongado tiempo de la detención preventiva, sin que el justiciable hubiere tenido una determinación jurisdiccional respecto a su situación jurídica
- CONFIRMAR