Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0871/2015-S1
Fecha: 22-Sep-2015
denegado
Por lo señalado, el Tribunal de garantías, al haber denegado la tutela solicitada, aunque con otro fundamento ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes; aclarando que la segunda firma, en la Resolución del recurso de alzada, corresponde únicamente a Rosa Cecilia Vélez Dorado, Directora Ejecutiva Regional a.i. de la AIT, y la segunda firma es de la autoridad que legalizó las fotocopias.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- SINIESTRADOS
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Legitimación pasiva de la autoridad judicial o administrativa que dejó el cargo y de la nueva que lo asumió
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso concreto
- denegado
- CONFIRMAR