SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0871/2015-S1
Fecha: 22-Sep-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la vulneración sus derechos al debido proceso; a la defensa; a una justicia pronta, oportuna, transparente y sin dilaciones; al trabajo; y, a la "seguridad jurídica", ya que las autoridades demandadas declararon probada la comisión del ilícito de contrabando y dispusieron el comiso definitivo del vehículo de su propiedad, alegando que el mismo habría sido siniestrado, invocando el art. 181 inc. f) del CTB, y la Disposición Adicional Décima Sexta de la Ley del Presupuesto General del Estado gestión 2013, privándole de su motorizado que legalmente estaba en proceso de nacionalización, notificándole ilegalmente con tal determinación en Secretaría de la Gerencia Regional Oruro de la ANB el 28 de octubre del mencionado año, sustentando esa mala apreciación en una página internet y no por el ente encargado de la investigación especial de vehículos siniestrados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- SINIESTRADOS
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Legitimación pasiva de la autoridad judicial o administrativa que dejó el cargo y de la nueva que lo asumió
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso concreto
- denegado
- CONFIRMAR