SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0871/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0871/2015-S1

Fecha: 22-Sep-2015

II.1.

II.1.  La Acta de Intervención Contravencional GRORU-C-0138/2013 de 23 de julio, emitida por la Unidad de Fiscalización de la Gerencia Regional de Oruro de la ANB, refiere que la Agencia Despachante de Aduana Pirámide presentó                           a la Administración de Aduana Zona Franca Industrial Oruro la                                          DUI 2013/432/C-1439 de 21  de mayo de 2013, a nombre de su comitente Herminia Maldonado Melgarejo, que consigna mercancía consistente en vehículo automotor, marca Nissan, chasis JN8AS5MT0AW500615 con un                          valor de $us8 388,60.- (ocho mil trecientos ochenta y ocho 60/100 dólares estadounidenses) cuya importación fue observada por existir evidencias de siniestro en dicho motorizado, por lo que se presumió la comisión de contrabando contravencional, al haber introducido a territorio boliviano presuntamente un vehículo siniestrado; ello en conformidad con lo dispuesto en el art. 181 inc. f) del CTB, y la Disposición Adicional Décima Sexta de la Ley del Presupuesto General del Estado gestión 2013 (fs. 26 a 44).