Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0883/2015-S3
Fecha: 14-Sep-2015
II.1.
II.1. Por Resolución 036/2015 de 11 de febrero, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró procedente los agravios respecto a la falta de competencia del juez ordinario, reclamados en apelación por el representante de NN -coimputado-; y, dispuso la nulidad de la Resolución 416/2014 de 19 de agosto, emitida por el Juez Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, y la remisión del proceso al juzgado de la niñez y adolescencia.(fs. 4 a 5).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Retiro de la acción con relación al codemandado
- I.2.2. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.4. Participación del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia Reiterada: La celeridad en las actuaciones procesales y la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR