Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0883/2015-S3
Fecha: 14-Sep-2015
II.6.
II.6. No obstante a dicha determinación y ante la solicitud de complementación del abogado del ahora accionante, la Jueza demandada emitió la Resolución “75/14” de 9 de marzo de 2015, por la cual dispuso la libertad de los cuatro menores denunciados, previo cumplimiento del depósito de Bs10 000.- (diez mil bolivianos); y, presentación de fianza personal de dos garantes solventes, que deberán otorgar fianza real de bienes inmuebles inscritos en las oficinas de DD.RR. (fs. 87 y vta.)
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Retiro de la acción con relación al codemandado
- I.2.2. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.4. Participación del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia Reiterada: La celeridad en las actuaciones procesales y la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR