Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0883/2015-S3
Fecha: 14-Sep-2015
II.3.
II.3. Mediante memorial presentado el 26 de febrero de 2015, los menores denunciados -entre ellos el ahora accionante por intermedio de su madre- solicitaron control jurisdiccional y se libren mandamientos de libertad (fs. 8 a 9 vta.); emitiendo Jacqueline Cecilia Rada Arana, Jueza Segunda de la Niñez y Adolescencia del departamento de La Paz –ahora demandada-, providencia de 27 de febrero de 2015, reiterando la radicatoria del proceso y sujetando la solicitud principal a lo resuelto por la Sala Penal, así como los datos del proceso, teniéndose en cuenta la fecha de radicación de la causa en el juzgado (fs. 10).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Retiro de la acción con relación al codemandado
- I.2.2. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.4. Participación del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia Reiterada: La celeridad en las actuaciones procesales y la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR