SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0889/2015- S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0889/2015- S1

Fecha: 22-Sep-2015

II.2.

II.2.  El 19 de noviembre de 2014, la apelación (planteada por la accionante contra el rechazo de la cesación), fue resuelta por las autoridades de la Sala Penal Primera (ahora demandados), mediante el Auto de vista 209/2014, que anuló el fallo de primera instancia en lugar de resolver el fondo de la solicitud de cesación y resolverla, causando una dilación indebida por lo que se planteó una anterior Acción de Libertad, resuelta mediante la SCP 622/2015- S3 de  11 de junio, que dejó sin efecto el referido Auto de vista, ordenando expresamente a los vocales que emitan otra resolución pronunciándose sobre el fondo de la apelación, producto de lo cual se emitió la Resolución 232/2014 de 16 de diciembre, que extrañamente dispuso que la Jueza a quo, dicte una nueva resolución acerca de la cesación planteada (fs. 3 a 7 vta.).