SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0912/2015-S3
Fecha: 17-Sep-2015
II.8.
II.8. En cumplimiento a la Resolución 062/2014, las autoridades demandadas emitieron la Resolución 016/2014 de 15 de agosto, por la que determinaron la improcedencia de las cuestiones planteadas y confirmaron la Resolución 005/2014-CAM. “A”, bajo los siguientes fundamentos: a) Los elementos presentados por el entonces procesado -actual accionante- demostraron que se enervó el riesgo procesal referido en el art. 234.1 del CPP; y, b) En cuanto al riesgo de obstaculización, el accionante debido a la jerarquía con la que cuenta puede influir negativamente sobre sus subalternos; por lo que, el riesgo procesal plasmado en el art. 235.2 del citado Código, subsiste (fs. 23 a 26). Asimismo, cursa Auto complementario a la referida Resolución por la que señala no ha lugar las solicitudes de explicación, complementación y enmienda vertidas por la defensa (fs. 27); esta Resolución, es dejada sin efecto en parte como producto de una cuarta acción de libertad interpuesta por el ahora accionante; así, mediante Resolución 038/2014 de 23 de septiembre, además de lo anterior, se dispuso se convoque audiencia para consideración de la inclusión del art. 235 del mismo cuerpo normativo (fs. 114 a 117 del Expediente 08640-2014-18-AL).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- un eventual incumplimiento de una Sentencia Constitucional emitida dentro de una acción tutelar (de amparo o habeas corpus), no puede resolverse a través de la interposición de otro recurso constitucional
- en los casos de desobediencia, resistencia o incumplimiento a las resoluciones dictadas en las diferentes acciones constitucionales, no corresponde la deducción de otra acción tutelar, pues ella debe ser solicitada al mismo juez o tribunal que conoció de la acción, por ser la autoridad llamada a hacer cumplir el fallo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- RESOLUCIÓN COMPLEMENTARIA DE LA RESOLUCIÓN N° 016/2014
- REVOCAR