Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0915/2015-S3
Fecha: 29-Sep-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 17/2015 de 6 de marzo, cursante de fs. 1224 a 1228 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por María Desirée Bravo Monasterio, Alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra contra Rómulo Calle Mamani y Rita Susana Nava Durán, Magistrados de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el derecho para la petición de tutela constitucional a través de la acción de amparo fuera del citado plazo caduca, razón por la cual el órgano contralor de constitucionalidad no puede ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada
- III.2.
- transcurrieron
- CONFIRMAR