SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0915/2015-S3
Fecha: 29-Sep-2015
III.2.
De la revisión de antecedentes se advierte que Dorian Bruun Sciaroni amplió la demanda de reconocimiento de mejor derecho propietario, reivindicación, desocupación y entrega de inmueble, y consiguiente desapoderamiento en caso de negativa contra el citado Gobierno Autónomo Municipal, ya que inicialmente fue interpuesta contra el Automóvil Club Boliviano filial Santa Cruz (Conclusión II.1.). En prosecución de trámites se dictó la Sentencia 52/12, que declaró probada la demanda (Conclusión II.2.), misma que fue confirmada por Auto de Vista 123/2013 (Conclusión II.3.); posteriormente, la entidad hoy accionante planteó recurso de casación, que fue resuelto por los Magistrados ahora demandados, quienes mediante AS 260/2014, declararon infundado el mismo, siendo notificada la parte ahora accionante con dicho fallo el 2 de junio de 2014 (Conclusión II.4.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el derecho para la petición de tutela constitucional a través de la acción de amparo fuera del citado plazo caduca, razón por la cual el órgano contralor de constitucionalidad no puede ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada
- III.2.
- transcurrieron
- CONFIRMAR