SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0918/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0918/2015-S3

Fecha: 29-Sep-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La parte accionante denuncia la vulneración de sus derechos políticos, a la igualdad, a la no discriminación arbitraria e irrazonable, al debido proceso, y al principio de legalidad, por parte de los Vocales del Tribunal Supremo Electoral, quienes al emitir la circular TSE-PRES-SC-071/2014, realizaron una errónea interpretación de los arts. 285.I.1 y 287.I.1 de la CPE, limitando la participación de los Asambleístas Nacionales del periodo legislativo 2010-2015, circular en base a la cual fue inhabilitado como candidato a Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Potosí, por los Vocales del Tribunal Departamental Electoral de dicho departamento, mediante Resolución de Sala Plena E-04/2015, desconociendo de esa manera su residencia de origen y que su estadía en La Paz fue temporal por razones laborales. Impugnada dicha inhabilitación, fue ratificada por las autoridades demandadas.