SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0921/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0921/2015-S2

Fecha: 22-Sep-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia la vulneración de su derecho su derecho al debido proceso, “en dos de sus tres dimensiones constitucionalmente reconocidas: i) Como derecho humano y ii) Como principio procesal dentro de este: la igualdad y los principios de seguridad jurídica y verdad material”, arguyendo que el 13 de enero de 2015, dentro del plazo señalado por el art. 45 del Manual de Procedimientos Internos para la Contratación de Bienes, Obras y Servicios; impugnó la Licitación Pública 03/2014, correspondiente a la “Edición de las Guías Telefónicas para COSETT gestión 2015”, ante el Gerente General y el Consejo de Administración; en relación a la adjudicación efectuada a favor de la empresa “RUAL PRODUCCIONES Y MARKETING”; la aplicación de los arts. 7 y 8 Inc. f) del referido Manual de Procedimientos, que establecen que el Concejo de Administración, y no el Gerente General, debió tramitar dicho proceso; y, la falta de documentación técnica de la Empresa adjudicada, relativa a la experiencia mínima de cinco años, cuestiones por las que aludió la existencia de vicios de nulidad y causales de descalificación e inhabilitación; sobre las cuales, ninguna de las autoridades demandadas emitió respuesta ni resolvió el recurso; dando lugar a que opere el silencio administrativo positivo dispuesto por el art. 47 del citado Manual.