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    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2016-O
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2016-O

    Fecha: 15-Ene-2016

    II.5.

    II.5.           Devuelto el expediente, por Auto 227 de 16 de julio de 2015, el Tribunal de garantías, rechazó el incidente de queja de incumplimiento de la SCP 0127/2013-L presentada por Tomás Ibarra y otros y ordenó se libre el respectivo mandamiento de desapoderamiento, mediante Auto 40 (fs. 169 y vta.) por lo que se procedió a su emisión el 17 de julio de 2015 (fs. 170 y vta.).

    • a)
    • 1)
    • I.2. Petitorio
    • II.1.
    • II.2.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.10.
    • Fragmento 10
    • el juez o tribunal de garantías que conoció la acción tutelar, una vez conocida la queja por demora o incumplimiento en la ejecución de sentencias emanadas de acciones tutelares, con la finalidad de asegurar un debido proceso
    • mediante Auto expreso, rechazará la queja o la concederá
    • Con la resolución pronunciada por el juez o tribunal de garantías
    • i)
    • II.
    • NO HA LUGAR

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