AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2016-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2016-O

Fecha: 15-Ene-2016

II.6.

II.6.           Por Auto 236 de 28 de julio de 2015, el Tribunal de garantías, resolvió el escrito presentado por Pablo Veizaga Saavedra de 27 del mismo mes y año, mediante el cual solicitaba la rectificación y enmienda del mandamiento de desapoderamiento de 17 de julio del antedicho año, resolviendo en consecuencia, corregir el Auto 40, en sentido que los terrenos sean entregados a los demandados Benjamín Trujillo, Adela de Trujillo, Pablo Veizaga Saavedra, Carlos Coimbra Zeballos, Richar Baldivieso Rivero y Olvis N.N.,  y demás personas que fueron objeto de desapoderamiento mediante Resolución 11 de 9 de febrero de 2010 (fs. 179 a 180) por lo que se emitió nuevo mandamiento de desapoderamiento con ese tenor el 28 de julio de 2015 (fs. 181 y vta.).