Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2016-S3
Fecha: 04-Ene-2016
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La accionante a través de su abogada en audiencia, ratificó in extenso los términos expuestos en el memorial de interposición de la presente acción, y ampliando la misma refirió que, el Juez ahora codemandado, al dictar la Resolución de rechazo de objeción de querella, no consideró todos los puntos de la misma, careciendo de fundamentación y motivación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- Fragmento 6
- denegó
- 1)
- III.2. Sobre la Jurisprudencia reiterada y la exigencia de fundamentación de las resoluciones.
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
- es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir, que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas
- i)
- III.3.1. Respecto de no otorgarse el tiempo suficiente a la abogada defensora para la revisión de antecedentes
- III.3.2. Respecto de la alegada falta de fundamentación y motivación del Auto de Vista que confirmó el rechazo de objeción de querella
- la falta de tiempo insuficiente a la abogada defensora, para la revisión de antecedentes y
- CONFIRMAR