SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2016-S3
Fecha: 04-Ene-2016
la falta de tiempo insuficiente a la abogada defensora, para la revisión de antecedentes y
En la problemática jurídica venida en revisión, se establece que el Tribunal de alzada, al dictar la Resolución cuestionada, resolvió los agravios de la apelante -ahora accionante- respecto a la falta de tiempo insuficiente a la abogada defensora, para la revisión de antecedentes y la falta de fundamentación del rechazo de objeción de querella, explicando y sustentando su decisión, con la suficiente claridad y precisión en su razonamiento, expresando los argumentos necesarios para la determinación asumida; por lo que, tiene la suficiente y debida fundamentación como motivación.
De igual manera, entendió la Corte Constitucional de Colombia, al referir que: “… procede la acción de tutela contra las providencias judiciales cuando la decisión que en ellas se adopta carece de fundamentación adecuada y suficiente (razonable)…” (Sentencia T-589/03 de 17 de julio de 2003), significando que se deniega la tutela pretendida cuando la resolución cuestionada sostiene su decisión en una fundamentación adecuada y razonable.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- Fragmento 6
- denegó
- 1)
- III.2. Sobre la Jurisprudencia reiterada y la exigencia de fundamentación de las resoluciones.
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
- es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir, que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas
- i)
- III.3.1. Respecto de no otorgarse el tiempo suficiente a la abogada defensora para la revisión de antecedentes
- III.3.2. Respecto de la alegada falta de fundamentación y motivación del Auto de Vista que confirmó el rechazo de objeción de querella
- la falta de tiempo insuficiente a la abogada defensora, para la revisión de antecedentes y
- CONFIRMAR