SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2016-S3

Fecha: 04-Ene-2016

la falta de tiempo insuficiente a la abogada defensora, para la revisión de antecedentes y

               En la problemática jurídica venida en revisión, se establece que el Tribunal de alzada, al dictar la Resolución cuestionada, resolvió los agravios de la apelante -ahora accionante- respecto a la falta de tiempo insuficiente a la abogada defensora, para la revisión de antecedentes y la falta de fundamentación del rechazo de objeción de querella, explicando y sustentando su decisión, con la suficiente claridad y precisión en su razonamiento, expresando los argumentos necesarios para la determinación asumida; por lo que, tiene la suficiente y debida fundamentación como motivación.

           De igual manera, entendió la Corte Constitucional de Colombia, al referir que: “… procede la acción de tutela contra las providencias judiciales cuando la decisión que en ellas se adopta carece de fundamentación adecuada y suficiente (razonable)…” (Sentencia T-589/03 de 17 de julio de 2003), significando que se deniega la tutela pretendida cuando la resolución cuestionada sostiene su decisión en una fundamentación adecuada y razonable.