SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2016-S2
Fecha: 18-Ene-2016
Fragmento 17
En el caso que nos ocupa, el representante, alega la vulneración del debido proceso, a la defensa y al trabajo, debido a que no obstante la existencia de una orden judicial emitida por la autoridad jurisdiccional para el otorgamiento de fotocopias legalizadas de todos los actuados, a la fecha de interposición de la demanda tutelar, el Administrador de la Aduana Gerencia Regional La Paz de la ANB, demandado, no dio cumplimiento a la misma; de igual manera, respecto al pedido de devolución de vehículo efectuada directamente, ocurriendo lo mismo con las solicitudes de pronunciamiento expreso al pedido de devolución mencionado y al de certificación sobre el estado de la causa, sumado a ello que, jamás fue notificado de forma personal ni en Secretaría de acuerdo a normativa tributaria con el Acta de Intervención y tampoco con ninguna resolución sancionatoria a efecto de que asuma defensa, condicionando la entrega de las referidas solicitudes al cumplimiento del art. 75.I del CTB.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Delimitación orgánica del Estado, la función jurisdiccional y la función administrativa
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo