Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0105/2016-S1
Fecha: 29-Ene-2016
II.3.
II.3. Mediante memorial de 17 de agosto de 2015, la codemandada, solicitó a la Alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de Arani, la demolición de la propiedad sito en “calle Avaroa esquina Cosme Cadima” (sic); toda vez que, a pesar de la orden de paralización de obras clandestinas, continuaron tales trabajos (fs. 6).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos presuntamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la protección de derechos fundamentales ante medidas de hecho ejercidas por funcionarios públicos
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2º CONCEDER en parte