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    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2016-O
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2016-O

    Fecha: 04-Oct-2016

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    • queja por incumplimiento
    • I.1. Contenido de la queja por incumplimiento
    • I.3. Respuesta a la queja por incumplimiento
    • I.4. Respuesta en traslado de la denunciante
    • I.5. Resolución del Tribunal de garantías de la queja por incumplimiento
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Corresponderá al Tribunal Constitucional Plurinacional conocer y resolver las quejas por demora o incumplimiento en            la ejecución antes referida
    • la resolución que defina una problemática en la vía constitucional, en atención al derecho de tutela judicial efectiva y al debido proceso que hace al proceso constitucional debe ser cumplida a cabalidad
    • Corresponderá al Tribunal Constitucional Plurinacional conocer y resolver las quejas por demora o incumplimiento en la ejecución antes referida…´ alcanza tanto a la parte accionante en lo referente a la tutela que obtuvo pero también a la parte demandada cuando se exija un sobrecumplimiento de la sentencia
    • El derecho de acceso a la justicia no significa acudir únicamente a las autoridades judiciales y obtener una decisión de ellas, al contrario, dicha determinación debe tener una ejecución pronta y oportuna, pues ella significa la culminación favorable del debido proceso
    • en los procesos de acción de amparo constitucional,
    • una vez conocida la
    • El juez o tribunal de garantías, en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas, mediante auto expreso, rechazará la
    • el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • a)
    • Fragmento 24
    • i)
    • 2º    Se recomienda

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