AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2016-O
Fecha: 04-Oct-2016
I.4. Respuesta en traslado de la denunciante
El 1 de diciembre de 2015, Jhasmine Vanessa Garvizu Daza, en contestación al informe presentado por el Distrital Comercial Santa Cruz de YPFB Corporación, alegó que el Tribunal Constitucional Plurinacional, le concedió la tutela de manera provisional en cuanto a la reincorporación laboral, en tanto la parte empleadora no impugne en la vía judicial la conminatoria de reincorporación; sin embargo, a través de la nota DNRH-CT-1427/2015, se determinó su reincorporación hasta el 31 de diciembre de 2015, incumpliendo la SCP 0267/2015-S1; dado que, en ninguna parte indicó que debe tomarse en cuenta tal fecha como límite de su reincorporación; por lo que, solicitó se la determiné de forma indefinida en tanto la parte demandada no la impugne en la instancia judicial.
- queja por incumplimiento
- I.1. Contenido de la queja por incumplimiento
- I.3. Respuesta a la queja por incumplimiento
- I.4. Respuesta en traslado de la denunciante
- I.5. Resolución del Tribunal de garantías de la queja por incumplimiento
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Corresponderá al Tribunal Constitucional Plurinacional conocer y resolver las quejas por demora o incumplimiento en la ejecución antes referida
- la resolución que defina una problemática en la vía constitucional, en atención al derecho de tutela judicial efectiva y al debido proceso que hace al proceso constitucional debe ser cumplida a cabalidad
- Corresponderá al Tribunal Constitucional Plurinacional conocer y resolver las quejas por demora o incumplimiento en la ejecución antes referida…´ alcanza tanto a la parte accionante en lo referente a la tutela que obtuvo pero también a la parte demandada cuando se exija un sobrecumplimiento de la sentencia
- El derecho de acceso a la justicia no significa acudir únicamente a las autoridades judiciales y obtener una decisión de ellas, al contrario, dicha determinación debe tener una ejecución pronta y oportuna, pues ella significa la culminación favorable del debido proceso
- en los procesos de acción de amparo constitucional,
- una vez conocida la
- El juez o tribunal de garantías, en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas, mediante auto expreso, rechazará la
- el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.2. Análisis del caso concreto
- a)
- Fragmento 24
- i)
- 2º Se recomienda