Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0896/2016-S1
Fecha: 04-Oct-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes mediante su representante legal, consideran lesionados sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la igualdad, al trabajo “derecho al respeto y protección de los derechos fundamentales”, “derecho a la prevalencia y la interpretación favorable en relación a los instrumentos internacionales de derechos humanos”, por cuanto las Juezas demandadas, en distintos procesos ejecutivos, dispusieron el congelamiento de las cuentas bancarias en todo el sistema financiero así como la retención de las planillas de pago de la empresa constructora “DELCO”, impidiendo con tales actuados, que puedan cobrar sus sueldos devengados y finiquitos por beneficios sociales.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- pago de daños y perjuicios
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.De la acción de amparo constitucional
- III.3.
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR