SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0937/2016-S2
Fecha: 07-Oct-2016
III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, denuncia la vulneración de sus derechos a la valoración de la prueba y a la debida fundamentación al debido proceso que tiene como efecto la lesión de su derecho al trabajo por parte de las autoridades demandadas, en mérito a que al ser Director Provincial del Régimen Penitenciario, se le inició un proceso disciplinario por la evasión de un interno que se encontraba detenido preventivamente; específicamente, denuncia que el Tribunal Disciplinario Departamental de Potosí, no valoró las pruebas de descargo aportadas, respecto a que no cuenta con el material de seguridad suficiente, como ser manillas, para poder cumplir con su trabajo; mientras que el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana, no dio respuesta fundamentada alguna a los puntos apelados contra la RA 08/2014 de 23 de diciembre, omitiendo su derecho a una resolución motivada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- René Rino Salazar Ballesteros, Presidente a.i. del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana
- Nelson Mejía Martínez, Vocal Permanente del Tribunal Superior de la Paz
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional: su configuración
- III.2. El debido proceso en sus elementos fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.3. Sobre la correcta valoración de las pruebas
- Basaron su decisión en una prueba inexistente o que refleje un hecho diferente al utilizado como argumento. Claro está que además de ello, en cualquier caso, se debe demostrar la lógica consecuencia de que su incumplimiento ocasionó lesión de derechos fundamentales y/o garantías constitucionales al afectado; lo que se traduce en relevancia constitucional
- i)
- CONFIRMAR en todo