SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0940/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0940/2016-S2

Fecha: 07-Oct-2016

En cuanto a la actuación del Fiscal de Materia

En cuanto a la actuación del Fiscal de Materia hoy demandado, no se advierte la vulneración de derecho y garantía alguna, toda vez que dicha autoridad como titular de la acción penal pública en defensa de la sociedad y en función a la política de persecución penal, en base al acta de información y denuncia remitida por efectivos policiales de la División Investigaciones de Accidentes de Tránsito de la Policía de Cochabamba, previa declaración informativa recibida a Germán Rivera Flores, conforme a procedimiento no solo le advirtió al imputado, del hecho que se le investiga sino que además en presencia de su abogado defensor, José Antonio Aguirre Vargas, dio lectura del acta de denuncia que cursa en su contra, le explicó sus derechos constitucionales, a más que le exhibió el cuaderno de investigación y le consultó si voluntariamente prestaría su declaración informativa, donde sin presión de ninguna naturaleza, el accionante decidió prestar su declaración informativa; en base a esa declaración, requisito indispensable para formular la imputación formal, la autoridad fiscal, por memorial presentado el 1 de junio de 2016, dentro del plazo que establecen los arts. 289 y 298 del CPP, informó ante el Juez de Instrucción en lo Penal de turno de Quillacollo, el inicio de oficio de la investigación penal y previa imputación formal, requirió la medida cautelar de detención preventiva contra el accionante por la probable comisión del delito de homicidio en accidente de tránsito; hecho por el cual, dicha autoridad demandada solo cumplió con su deber de seguir el proceso penal bajo el principio de oficialidad.