SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0965/2016-S2
Fecha: 07-Oct-2016
II.4.
II.4. El 14 de marzo de 2016, Medardo Flores Vaca, Presidente del Tribunal Arbitral, en aplicación a lo establecido en los arts. 110, 111, 112 de la Ley General del Trabajo (LGT) y, 155 y 156 del Decreto Reglamentario, conminó a la empresa “Agroindustrias CAICO S.A. – Molinera OKI S.R.L.”, para que en el término improrrogable de veinticuatro horas, a partir de su legal notificación presente por tercera y última vez a su arbitro patronal, señalando audiencia para su juramento y posesión para el 16 de igual mes y año, a horas 15:00. “Advirtiendo a la patronal que a las más mínima dilación por inasistencia de la empresa o del árbitro patronal se procederá conforme a ley y se designara Arbitro de Oficio en rebeldía, aplicando las sanciones que el caso amerite de acuerdo al Art. 111 de la ley General del Trabajo” (sic) (fs. 8).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- la legitimación pasiva se encuentra orientada al cumplimiento de un requisito de forma, que imprescindiblemente debe ser cumplida por el accionante, para que su acción pueda ser considerada, este requisito se encuentra inmerso en el art. 51 del Código Procesal Constitucional (CPCo),
- es ineludible que el Recurso sea dirigido contra el sujeto que cometió el acto ilegal o la omisión indebida, es decir el agraviante»
- se define como la calidad adquirida en virtud a la coincidencia que existe entre una autoridad, servidor público o persona individual o colectiva, que presuntamente con actos u omisiones ilegales o indebidas, hubiere provocado la restricción o supresión de derechos y garantías constitucionales, o que amenazare restringirlos o suprimirlos y contra quien se dirige la acción.
- la legitimación pasiva es la capacidad jurídica otorgada al particular, autoridad o servidor público, a efectos de que pueda responder por los supuestos actos ilegales endilgados en su contra;
- III.3. Efectos de la falta de legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- III.4. El derecho de petición
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte