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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0971/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0971/2016-S1

    Fecha: 19-Oct-2016

    II.4.

    II.4.  El 27 de enero de 2016, los terceros interesados, observaron la liquidación practicada ante la Jueza Primera de Instrucción en lo Civil y Comercial del departamento de Pando, mereciendo el proveído de 2 de febrero de similar año, el cual indicó: “No ha lugar a la observación por extemporánea” (sic) (fs. 88 a 89).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2. De la acción de amparo constitucional
    • III.3. En relación al pago de honorarios profesionales
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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