SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1027/2016-S1
Fecha: 26-Oct-2016
II.4.
II.4. Acta de audiencia de recurso de apelación de 12 de mayo de 2016, en la que se pronunció el correspondiente Auto de Vista 92 de la misma fecha, en la que se advirtió que los miembros de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, revocaron el Auto Interlocutorio 40/16, disponiendo la cesación a la detención preventiva del imputado y en su lugar se apliquen medidas sustitutivas señaladas en el art. 240 del CPP, consistentes en arresto domiciliario con escolta policial las veinticuatro horas del día, presentación semanal ante el Fiscal de Materia a cargo de la acusación; asimismo, ante el Tribunal Noveno de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, arraigo, prohibición de comunicarse con los procesados y/o testigos y fianza económica de Bs80 000.- (ochenta mil bolivianos) (fs. 42 a 52).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2.3. Intervención de terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 14
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Del derecho al debido proceso en su elemento de fundamentación y motivación
- las finalidades implícitas que determinan el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada o derecho a una resolución motivada (judicial, administrativa o cualesquier otra, expresada en una resolución en general, sentencia, auto, etc.) que resuelva un conflicto o una pretensión, son:
- ‘…la arbitrariedad puede estar expresada en: b.1) una «decisión sin motivación», o extiendo esta es b.2) una «motivación arbitraria»; o en su caso, b.3) una «motivación insuficiente»’.
- b.1)
- b.2)
- b.3)
- implica también la concordancia entre la parte considerativa y dispositiva, pero además esa concordancia debe mantenerse en todo su contenid
- III.4. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- d)
- CONFIRMAR