SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1027/2016-S1
Fecha: 26-Oct-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los representantes legales de la entidad accionante, consideran lesionados su derecho al debido proceso en su elemento de fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones judiciales y el principio de seguridad jurídica; toda vez que, dentro del proceso penal en que se constituyen en parte civil seguido en contra de Gerson Richard Rojas Terán, los Vocales demandados pronunciaron el Auto de Vista 92 de 12 de mayo de 2016, revocando la Resolución del Tribunal a quo, disponiendo dejar sin efecto la medida cautelar impuesta y en su lugar estableció medidas sustitutivas, siendo la misma un fallo ultra petita, ilegal y arbitrario, al haber interpretado de forma incorrecta y parcializada la “SC 1174/2011” incurriendo en incongruencia omisiva.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2.3. Intervención de terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 14
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Del derecho al debido proceso en su elemento de fundamentación y motivación
- las finalidades implícitas que determinan el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada o derecho a una resolución motivada (judicial, administrativa o cualesquier otra, expresada en una resolución en general, sentencia, auto, etc.) que resuelva un conflicto o una pretensión, son:
- ‘…la arbitrariedad puede estar expresada en: b.1) una «decisión sin motivación», o extiendo esta es b.2) una «motivación arbitraria»; o en su caso, b.3) una «motivación insuficiente»’.
- b.1)
- b.2)
- b.3)
- implica también la concordancia entre la parte considerativa y dispositiva, pero además esa concordancia debe mantenerse en todo su contenid
- III.4. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- d)
- CONFIRMAR