Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1071/2016-S3
Fecha: 03-Oct-2016
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El accionante sostiene que se lesionaron sus derechos al debido proceso en cuanto a los principios de razonabilidad, motivación, congruencia y verdad material; a la defensa; a la legalidad ligada al principio de previsibilidad de la resolución, así como los principios de favorabilidad e informalismo en relación al de interés y compromiso social; citando al efecto los arts. 108, 115.II, 119.II, 180, 232 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 14.3 inc. d) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- LOS PALMARES
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia referida a la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- i) Por vulneración del derecho a una Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; ii) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, iii) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales
- III.2. Análisis del caso concreto
- no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias,
- REVOCAR