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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1093/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1093/2016-S3

    Fecha: 06-Oct-2016

    II.3.

    II.3. El 27 de marzo de 2015, la accionante interpuso contra el Auto de 10 del referido mes y año, recurso de reposición con alternativa de apelación              (fs. 23 a 24), a cuyo efecto Félix Rómulo Tapia Cruz y Ernesto Macuchapi Laguna, Vocales de la Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -ahora demandados- emitieron la Resolución A-445/2015 de 27 de noviembre, confirmando el Auto apelado (fs. 25 y vta.).

    • Fragmento 1
    • ambos contrayentes
    • a)
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la motivación, fundamentación, congruencia y pertinencia de las resoluciones
    • la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
    • la exigencia de su presencia no debe ir más allá de lo previsible en vinculación al contenido razonable que haga contundente un fallo
    • Fragmento 15
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • Cuando por circunstancias especiales fuere imposible el cumplimiento de la sentencia en el plazo fijado en ella o en el previsto en el parágrafo anterior, el juez podrá conceder otro plazo prudencial e improrrogable
    • CONFIRMAR

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