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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1132/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1132/2016-S3

    Fecha: 19-Oct-2016

    II.1.

    II.1. A través de memorial presentado el 4 de abril de 2016, Silvana Claudia Aguilera Flores -ahora accionante-, interpuso recurso de revocatoria contra la RA 1982/2015 de 13 de octubre y Resolución de 12 de noviembre de ese año, ante el Director de Ordenamiento Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Tarija (fs. 2 a 5).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • negó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • la interpretación de la legalidad infra constitucional le corresponde a los tribunales de justicia y no a la justicia constitucional; sin embargo, ante la existencia de violación de derechos y garantías previstos en la Norma Suprema, excepcionalmente la justicia constitucional puede ingresar a valorar la actividad desarrollada en miras a brindar tutela.
    • a) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • 1°  CONFIRMAR

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