SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1157/2016-S3
Fecha: 25-Oct-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante alega que fueron lesionados sus derechos al debido proceso en sus elementos de motivación, congruencia y fundamentación y de los principios de seguridad jurídica y legalidad; señalando que estando ejecutoriada la Sentencia 450/2016 de 12 de abril, dictada dentro del proceso civil ejecutivo instaurado contra la Empresa hoy tercera interesada, de forma extemporánea e incorrectamente presentó recurso de compulsa, siendo declarado legal por los Vocales demandados por Resolución 227/2016 de 17 de junio, fallo que resulta ser ultra petita, carente de congruencia, fundamentación y motivación, sumado al hecho de haber aplicado de manera incorrecta la normativa procesal que regula el instituto de la compulsa, omitiendo explicar las razones del por qué en el caso correspondía declarar su legalidad, limitándose a la transcripción de normativa y fallos constitucionales que no se vinculan al caso.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- una debida motivación conlleva que la resolución sea concisa, clara e integre en todos los puntos demandados, donde la autoridad jurisdiccional o en su caso administrativa, exponga de forma clara las razones determinativas que justifican su decisión, exponiendo los hechos, realizando la fundamentación legal y citando las normas que sustentan la parte dispositiva de la resolución; en suma se exige que exista plena coherencia y concordancia entre la parte motivada y la parte dispositiva de un fallo», requisito que se hace de mayor importancia en los tribunales de última instancia
- Otro de los elementos del debido proceso es la congruencia, que se entiende como el derecho que tiene la parte que realiza una impugnación a que todas sus observaciones sean contestadas y resueltas por el tribunal superior
- (PROCEDENCIA).
- en un medio de impugnación, a través del cual el superior en grado puede controlar la decisión del inferior en cuanto a la admisibilidad de un recurso de apelación o de casación
- III.3. Análisis del caso concreto
- ii)
- iii)
- III.3.2. Respecto a la procedencia del recurso de compulsa
- CONFIRMAR