SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1158/2016-S3
Fecha: 25-Oct-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución AA-41/2016 de 26 de agosto, cursante de fs. 219 a 221 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Mario Choque Ramírez contra Edgar Ramiro Tellez Tellez, Comandante General; Víctor Hugo Oña Ovando, Nelson Mejía Martínez, Freddy Juan Carlos Betancur Ticona y Ubaldo Espino “Marza”, actual Presidente y Vocales; René Rino Salazar Ballesteros y Octavio José Murillo López, ex Presidente y ex Vocal, todos del Tribunal Disciplinario Superior; y, Miguel Ángel Narvaez Baldiviezo, Demetrio Jorge Nina Alvarez, David Walter Tarqui Chuquimia y Agustín Max Moreno Valdivia, actual Presidente y Vocales; y, Lujan Rojas Mamani, ex Vocal del Tribunal Disciplinario Departamental Permanente de La Paz, todos de la Policía Boliviana.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Declaración por no presentada la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias,
- menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones, a menos que la accionante hubiera manifestado de manera precisa una errónea valoración de la prueba
- III.2.
- CONFIRMAR