SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1159/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1159/2016-S3

Fecha: 25-Oct-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante alega que se lesionaron sus derechos a la tutela judicial efectiva, al debido proceso, a la petición y a la impugnación, señalando que por invitación directa del Responsable de Contratación del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, en representación de la Empresa “GRUMACONS” suscribió un Contrato de Obra para la Construcción Coliseo Asociación Municipal de Voleibol Oruro; sin embargo, en plena ejecución de la misma mediante carta notariada de 22 de abril de 2015, se le comunicó la intención de resolver el citado contrato, alegando la suspensión de trabajos sin justificación e incumplimiento del cronograma, pese a que presentó varias notas observando dichas afirmaciones y sosteniendo que por el contrario la obra tenía un avance físico del 42%, la autoridad ahora demandada por Resolución D.A.J./AGGV 001/2015, dispuso resolver el mencionado contrato, por lo que interpuso el recurso de revocatoria, el cual no tuvo pronunciamiento alguno al igual que sus anteriores peticiones.