SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1178/2016-S3
Fecha: 27-Oct-2016
RESPETO U PROTECCIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES
El accionante a través de su representante alega la vulneración de sus derechos a la libertad, al debido proceso, a la tutela judicial efectiva, a la prevalencia, a la interpretación y a la aplicación favorable de los Tratados de Derechos Humanos, y al “…RESPETO U PROTECCIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES” (sic), considerándose indebidamente procesado y perseguido, en razón de que habiendo interpuesto una anterior acción de libertad, dentro la misma y ante la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional solicitó medida cautelar, en cuya consecuencia por decreto constitucional de 29 de abril de 2016 se dejó en suspenso el mandamiento de condena librado en su contra, determinación que pese a ser notificada a las autoridades judiciales hoy demandadas no fue cumplida al no instruir a las autoridades pertinentes lo que correspondía en cuanto a la inejecución del referido mandamiento, y ante el doloso incumplimiento y previos reclamos a la Comisión de Admisión se emitió el decreto constitucional de 22 de junio de igual año, el que también fue omitido en su cumplimiento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- RESPETO Y PROTECCIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- RESPETO U PROTECCIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES
- un eventual incumplimiento de una Sentencia Constitucional emitida dentro de una acción tutelar (de amparo o habeas corpus), no puede resolverse a través de la interposición de otro recurso constitucional
- en los casos de desobediencia, resistencia o incumplimiento a las resoluciones dictadas en las diferentes acciones constitucionales, no corresponde la deducción de otra acción tutelar, pues ella debe ser solicitada al mismo juez o tribunal que conoció de la acción, por ser la autoridad llamada a hacer cumplir el fallo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- CONFIRMAR